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Derechos del paciente

Usted tiene derecho a:

1. recibir atención médica respetuosa y amable al tiempo que se considera su dignidad; a que se le mantenga sin dolor y a que los profesionales médicos respeten sus valores culturales, sociales, emocionales, espirituales y personales, así como sus creencias y preferencias;

2. que, a solicitud suya, se notifique a su médico, a un familiar o a otra persona de su elección que a usted se le ha ingresado en el hospital;

3. que se le trate o se le presten servicios de forma justa y razonable sea cual sea su edad, raza, grupo étnico, religión, cultura, idioma, capacidad física o psíquica, situación socioeconómica, sexo, orientación sexual, identidad o expresión sexual o modo de pago;

4. saber a qué servicios de apoyo tiene acceso, incluidos los servicios de interpretación o servicios de atención pastoral o espiritual;

5. recibir información de todos los profesionales médicos, incluida la información médica, en el idioma o método de comunicación que usted prefiera sin costo alguno para usted. Si tiene deficiencias de la vista, del habla, auditivas o cognitivas, se le proporcionará un método de comunicación que responda a sus necesidades;

6. saber el nombre de los médicos que le prestan servicios médicos y el nombre de la persona principalmente responsable de su cuidado;

7. recibir respuestas razonables y oportunas a preguntas y solicitudes razonables. Usted puede consultar con un especialista a petición suya y a su cargo;

8. recibir, a solicitud suya, información plena y el asesoramiento necesario respecto de recursos económicos conocidos a los que pueda acceder para costear su atención médica;

9. saber, a solicitud suya y antes de recibir tratamiento, si el profesional médico o el centro aceptan la tarifa de asignación de Medicare si usted cumple los requisitos para recibir Medicare;

10. recibir, a solicitud suya, antes del tratamiento, un precio aproximado y razonable del costo de la atención médica;  

11. recibir con palabras que pueda entender información sobre su salud, incluidos el diagnóstico, el plan de tratamiento previsto, las alternativas, los riesgos, los resultados previstos e imprevistos y el pronóstico;

12. participar en el desarrollo y ejecución de su plan de cuidados;

13. participar en la resolución de las preguntas que surgen durante el tratamiento, incluidos los asuntos relacionados con la resolución de conflictos, el aplazamiento de la reanimación cardiopulmonar y cuidados terminales;

14. tomar decisiones sobre sus cuidados médicos y recibir tanta información sobre el tratamiento o procedimiento previsto como necesite con el fin de dar su consentimiento con conocimiento de causa o para rechazar el plan de tratamiento. Salvo en emergencias, esta información incluirá una descripción del procedimiento o el tratamiento, de los riesgos médicos que sean importantes, otros planes de tratamiento o no dar tratamiento y los riesgos que acarrea cada opción, así como el nombre de la persona que realizará el procedimiento o que administrará el tratamiento;

15. que le informen de si el tratamiento médico propuesto tiene fines de investigación experimental, y a dar su consentimiento para participar o negarse a ello;

16. dar o denegar su consentimiento para que el hospital use grabaciones, películas u otras imágenes de usted con fines distintos a los de prestarle atención médica;

17. recibir tratamiento para problemas médicos de emergencia que empeorarán si no se tratan;

18. solicitar o rechazar el tratamiento en la medida en que la ley lo permita. Usted no tiene derecho a exigir tratamiento inapropiado o que sea innecesario desde un punto de vista médico. Usted tiene derecho a abandonar el hospital, incluso en contra del criterio de los médicos, en la medida en que la ley lo permita;

19. la confidencialidad de su historia clínica y el derecho a acceder a información de ella cuando esta esté completa;

20. la valoración y control adecuados del dolor. Usted puede solicitar o rechazar que se administren tratamientos para aliviar el dolor, incluidos los medicamentos opioideos; 

21. crear voluntades anticipadas, sea paciente en régimen hospitalario o ambulatorio. Las voluntades anticipadas le permiten dar a conocer sus preferencias en lo que respecta a la atención médica, y muchas veces incluyen la designación de un sustituto para tomar decisiones médicas por usted, un testamento vital y las preferencias sobre donación de órganos. Puede recibir ayuda para preparar las voluntades anticipadas poniéndose en contacto con la oficina de Trabajo Social, teléfono (813) 745-8407

22. que se respete su intimidad personal, a que se converse sobre su caso, a que se consulte, se le examine o se le dé tratamiento de una forma confidencial y discreta. Usted tiene derecho a que le informen del motivo para que una persona determinada esté presente, a que las visitas se marchen antes de que le examinen y cuando se converse sobre asuntos relativos al tratamiento;

23. guardar y usar la ropa o posesiones personales según lo permita el espacio, salvo que esto afecte al derecho de otro paciente o a que no se recomiende por razones documentadas de tipo médico, programático o de seguridad;

24. a que todas las comunicaciones y expedientes relacionados con su atención y estancia en el hospital se traten de manera confidencial. Usted recibirá otra copia de la «Notificación de prácticas de privacidad» que explique minuciosamente sus derechos en materia de privacidad y cómo podríamos usar y divulgar su información médica protegida; Derechos del paciente

25. recibir atención médica en un entorno seguro donde no se cometan abusos de tipo físico, psíquico, sexual ni verbal y sin explotación ni acosos. Usted tiene derecho a acceder a servicios de protección y defensa, incluida la notificación de maltratos o abusos a entidades del gobierno;

26. no estar sometido a inmovilización ni aislamiento usados como medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia por parte del personal;

27. la continuidad razonable de la atención médica y a saber con antelación la hora y el lugar de sus citas, así como la identidad de las personas que le atienden;

28. que el médico, o un delegado de este, le mantenga informado de cuáles son los requisitos médicos después de darle el alta del hospital. A solicitud suya, usted tiene derecho a que a un amigo o familiar también reciba esta información;

29. recibir una explicación exhaustiva de las necesidades y alternativas antes de que lo trasladen a otro centro médico; 30. conocer las reglas y normas del hospital, incluidas aquellas que tengan que ver con su conducta;

30. conocer las reglas y normas del hospital, incluidas aquellas que tengan que ver con su conducta;

31. contar con un familiar, amigo u otra persona para darle apoyo emocional mientras está hospitalizado o cuando viene a sus citas ambulatorias; designar a los visitantes de su preferencia si tiene capacidad para tomar decisiones, salvo que:

  1. no se permitan las visitas;
  2. el centro determine de forma razonable que la presencia de una visita en particular podría hacer peligrar la salud o seguridad de un paciente, de un miembro del personal o de otro visitante del centro, o que esta presencia interrumpiría de forma considerable el funcionamiento del centro;
  3. usted haya notificado al personal del centro médico que ya no desea que una persona en particular le visite. Sin embargo, un centro médico puede establecer restricciones razonables sobre las visitas, incluido el limitar el horario de visitas y el número de visitantes.

32. que las personas que usted elija estén implicadas en las decisiones sobre atención médica, tratamiento y servicios recibidos en la medida en que lo permita usted o la persona que usted eligió para tomar decisiones en su nombre si usted no puede tomarlas;

33. recibir una factura con los gastos desglosados que sea razonablemente clara y comprensible, y que a solicitud suya, se le expliquen los cargos;

34. solicitar una copia del texto íntegro de la «Declaración de derechos y responsabilidades del paciente» correspondiente al estado de Florida;

35. estar informado de los procedimientos de Moffitt Cancer Center para expresar agravios (quejas) y para expresar agravios referentes a la violación de sus derechos conforme se estipulan en la ley de Florida, mediante el procedimiento de interposición de agravios y el organismo del estado que autoriza la práctica de la profesión;

36. interponer una queja. Si desea interponer una queja contra el hospital, puede hacerlo escribiendo a Moffitt Cancer Center, mailstop MCC-PTREL, 12902 Magnolia Boulevard, Tampa, 33612, o llamando al teléfono (813) 745-3808. El comité de quejas revisará cada queja y le responderá por escrito. La respuesta por escrito contendrá el nombre de la persona del hospital con quien puede ponerse en contacto, las medidas tomadas para investigar la reclamación, los resultados del proceso y la fecha en que se terminó el proceso de investigación de la queja. Asimismo, las inquietudes que se tengan sobre calidad de la atención médica o sobre el alta prematura pueden enviarse a la Organización de Revisión por Colegas sobre Utilización y Control de la Calidad (Utilization and Quality Control Peer Review Organization o PRO, por sus siglas en inglés) que sea pertinente;

37. interponer una queja contra nuestro hospital independientemente de que use el proceso de quejas del hospital. Las quejas pueden interponerse escribiendo o llamando a la Agencia de Administración de la Atención Médica (Agency for Healthcare Administration), 2727 Mahan Drive, Tallahassee, FL, 32308-5407, teléfono (888) 419-3456.

Responsabilidades del paciente

Usted responsable de:

1. ofrecer información que a su leal saber y entender sea correcta y completa sobre su enfermedad actual, enfermedades previas, hospitalizaciones, medicamentos y demás asuntos relativos a su salud;

2. notificar los cambios en su condición y todas las dudas que tenga sobre cuidados o seguridad. Usted es responsable de formular preguntas que sirvan para que su equipo médico le brinde la mejor atención que sea posible;

3. cumplir las instrucciones del médico o del equipo de atención médica. Si usted no puede cumplir las instrucciones para cuidarse o si no las entiende, es responsable de notificar a un miembro de su equipo médico que no puede cumplirlas o que no las entiende;

4. venir a sus citas y de notificar a Moffitt Cancer Center cuando no pueda venir;

5. asegurar que cumple con sus obligaciones financieras hacia Moffitt Cancer Center tan oportunamente como sea posible;

6. relacionarse con el personal del hospital de una forma cortés y respetuosa; respetar los derechos y la propiedad del personal del hospital y de otros pacientes. Además, se espera que cumpla las normas del hospital relativas a ruido, tabaco y visitas;

7. sus acciones si rechaza algún tratamiento o no cumple las instrucciones de su médico o del equipo médico;

8. avisar al hospital si tiene voluntades anticipadas; que usted o su representante avisen al hospital si tiene voluntades anticipadas. Si las tiene, traiga una copia a la oficina de Ingresos o cuando se registre en el consultorio. En el momento de ingresarle o de registrarse para una cita, deberá saber el nombre de la persona que usted designa para que tome decisiones médicas y las características generales de sus preferencias para la atención médica. Un trabajador social puede ayudarle a preparar las voluntades anticipadas si todavía no las tiene. Usted puede comunicarse con un trabajador social llamando al (813) 745-8407.